Casación No. 584-2012

Sentencia del 25/07/2013

“... Esta Cámara ha sustentado el criterio que los pagos derivados de pólizas de seguros, sí se encuentran relacionados con la actividad de las empresas mercantiles, pues estos por su naturaleza tienen por objeto prevenir cualquier pérdida que pudiera acontecer al suscitarse algún siniestro futuro e incierto, la cual influiría directamente en ella, pues en caso de acontecer, la actividad se vería interrumpida, o bien, tendría que incumplir con los pedidos que le han sido realizados, razón por la cual el seguro que se contrata, busca prevenir estos posibles efectos negativos que pudieran acontecer...”